Oficializan el programa de asistencia a la cadena de producción de peras y manzanas

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ACTUALIZACIÓN AL 10/08/2020

Se prorrogan al 8 de enero de 2021 los vencimientos para el pago de los aportes y contribuciones que operan entre el 1 de junio y el 31 de diciembre de 2020, inclusive, para los productores del sector peras y manzanas.

Para acceder al beneficio, los ingresos de las empresas del sector en 2016 no deben haber superado los 7 millones de pesos. A su vez, las firmas que decidan solicitar el alivio tienen que acreditar el ingreso a un plan de mejora de la competitividad desarrollado por los respectivos gobiernos provinciales.

La adhesión al Programa de asistencia a la cadena de producción de peras y manzanas es requisito indispensable para que los empleadores soliciten los planes de facilidades de pago sectoriales que serán instrumentados por la AFIP.

Por otra parte, los contribuyentes alcanzados por la emergencia económica -dispuesta por la L. 27354- podrán ingresar hasta el día 8 de enero de 2021 las obligaciones impositivas, los aportes y contribuciones de la seguridad social, y los pagos de autónomos y de monotributo que hubieran vencido entre el 4 de junio de 2017 y 31 de mayo de 2020.

Accedé a la RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4790

 

La AFIP reglamenta el programa de asistencia a la cadena de producción de peras y manzanas

La Administración Federal de Ingresos Públicos comunica que reglamentó el Programa de Asistencia a la Producción de peras y manzanas en las provincias del  Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y  La Pampa,  creado por el Decreto 615/2020 

La iniciativa prevé la postergación de los vencimientos para el pago de los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social así como la suspensión de juicios de ejecución fiscal y la implementación de planes de facilidades de pago.

En tal sentido la Resolución General  4790/2020, que será publicada en el Boletín Oficial, establece la prórroga de los vencimientos para el pago de los aportes y contribuciones que operan entre el 1 de junio y el 31 de diciembre de 2020, inclusive. La normativa dispone que el pago de dichos vencimientos deberá realizarse hasta el 8 de enero de 2021, inclusive.

Para acceder al beneficio, los ingresos de las empresas  en 2016 no deben haber superado los 7 millones de pesos. A su vez, las firmas que decidan solicitar el alivio tienen que acreditar el ingreso a un plan de mejora de la competitividad desarrollado por los respectivos gobiernos provinciales.

Accedé a la gacetilla de prensa de AFIP