¿Cómo funciona el servicio web “Telegramas Laborales” de la AFIP? Te compartimos un modelo de Telegrama por empleo no registrado

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La AFIP implementó un servicio web llamado “Telegramas Laborales” que permite a los trabajadores, cargar digitalmente la copia de los telegramas que hayan enviado a sus empleadores por irregularidades laborales. Una vez enviada a la AFIP, la intimación cumple los efectos legales previstos en la ley.

Jorge Daniel Saini – Departamento de Contenidos, Laboral

¿Para qué sirve este servicio WEB?

La Ley Nacional de Empleo – L. 24.013 – (en adelante LNE), establece en su “título II – De la regularización del empleo no registrado”, una serie de sanciones económicas que el empleador deberá afrontar en caso de contar con trabajadores no registrados o registrados de forma deficiente.

Para que estás multas sean procedentes, el artículo 11 de la LNE, señala dos requisitos que deberán cumplirse por parte del trabajador o la entidad sindical que lo represente, a saber:

  1. Intimar al empleador a fin de que proceda a la inscripción, indcando la real fecha de ingreso y las circunstancias verídicas que permitan calificar a la inscripción como defectuosa. Si el empleador contestare y diere total cumplimiento a la intimación dentro del plazo de los treinta días, quedará eximido del pago de las indemnizaciones establecidas en los artículos 8, 9 y 10 de la LNE.
  2. Proceder de inmediato y, en todo caso, no después de las 24 horas hábiles siguientes, a remitir a la Administración Federal de Ingresos Públicos copia del requerimiento previsto en el punto anterior.

En resumen, el servicio web “Telegramas Laborales”, permite cumplir de manera rápida y digital, el requerimiento del art. 11, inc. b) de la LCT.

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¿Cómo se carga un telegrama al servicio web?

Los trabajadores que opten por cargar su telegrama a través del sistema web, en lugar de remitirlo de la manera tradicional, podrá hacerlo ingresando al sitio web de AFIP con clave fiscal o a través de homebaking.

I) Carga de telegrama a través de la web de AFIP

IMPORTANTE

Este servicio permite cargar telegramas propios, no así telegramas de otro trabajador.

Tener en cuenta que el sistema solo admite adjuntar archivos de imágenes con formato “png” “.jpg” o “.jpeg”, pudiendo ser una foto o imagen escaneada.

Para utilizar este servicio desde el sitio web de AFIP se necesitará clave fiscal.

1. Ingreso al servicio web

Ingresar con CUIT/CUIL y clave fiscal al servicio “Telegramas Laborales”.

O desde los servicios bancarios de home banking, opción “Servicio AFIP”, para continuar presioná Aceptar.

Luego seleccionar el servicio “Telegramas Laborales”

Al acceder al sistema de Telegramas Laborales, se deberá seleccionar si la carga a realizar pertenece al titular o si se registrarán datos de terceros, para lo cual, previamente el servicio deberá ser delegado al usuario que ingrese la información del telegrama laboral.

2. Carga de datos del telegrama

El sistema solicitará una serie de datos disponibles en los formularios preimpresos del telegrama laboral:

– Nº de Telegrama/ Nº de Carta Doc: este dato se encuenta únicamente en los formularios preimpresos y su carga es opcional.
– Nº de CD: el es número correspondiente a la etiqueta que pega el correo para su seguimiento y acreditación de su envío. Este dato es obligatorio.

En caso de no completar el “Número CD,” el sistema no te permitirá guardar los datos y  te mostrará la siguiente pantalla: 

A modo de ejemplo, la siguiente imagen muestra donde se encuentran ubicados los datos solicitados.

3. Carga de datos del empleador

Una vez que hayas cargado los datos de la pieza postal, se requerirá los datos del empleador: CUIT y domicilio.  Al ingresar la CUIT el sistema devolverá la razón social del empleador según consta en los registros de AFIP. En caso de desconocerlos, se podrá tildar la opción  “Sin datos del empleador”.

Si la CUIT ingresada no se encuentra registrada, el sistema mostrará la siguiente pantalla:

También deberás cargarse el domicilio del empleador

4. Carga de datos del trabajador

En esta pantalla se podrá verificar si los datos de contacto registrados ante la Administración Federal son correctos. En caso de que sea necesario actualizarlos o modificarlos, se deberá acceder con clave fiscal al “Sistema Registral”.

Además, en caso de resultar necesario, el sistema permitirá agregar observaciones con un máximo de 300 caracteres.

Adjuntar la imagen digitalizada del telegrama o carta de documento enviada al empleador, seleccionando “Examinar”. Puede ser una foto o imagen escaneada de la pieza postal y hasta dos imágenes en total. Realizada la carga, el sistema mostrará la imagen adjunta para que se pueda verificar su definición.

IMPORTANTE

Verificar que la imagen permita leer con claridad el número de reclamo y su contenido, antes de enviarla. En caso de que sea necesario, podrás cargar una nueva imagen repitiendo los pasos

Si todo es correcto, presionar “ENVIAR A AFIP”. 

Tener en cuenta que el  sistema solo admite adjuntar archivos de imágenes con formato “png” “.jpg” o “.jpeg”. 

Una vez realizado el envío,  presionar sobre “ACUSE DE ENVÍO” para descargar el comprobante de carga.

El sistema emitirá el siguiente comprobante con los datos cargados.

II. Carga de telegrama a través de homebanking

En caso de que el trabajador no cuente con clave fiscal, se podrá acceder al servicio web a través de homebaking.
Los pasos e ingresos de datos, se realizan de la misma manera que habiendo accedido a través del sitio de AFIP.

Nos obstante, el ente recaudador, publicó un práctico video tutorial:

Modelo de telegrama por empleo no registrado

INTIMO, en los términos del Art. 11 de la Ley Nacional de Empleo N° 24.013, para que dentro del plazo único y perentorio de treinta (30) días proceda a inscribir al suscripto como trabajador dependiente de Ud. en el libro especial del Art. 52 de la Ley de Contrato de Trabajo, y a registrar por ante la AFIP y ANSES nuestra relación laboral, ello en los siguientes términos: I) Fecha real de ingreso: 00/00/0000; II) Actividades y categoría: XXXXXXXXXX); III) Lugar: XXXXXXXXXXXX; IV) Días y horario de trabajo: XXXXXXXXXXXXXXXXX; V) Remuneración: XXXXXXXXXXXXXXX) netos, de los cuales Ud. NO efectúa entrega de recibo alguno. Además, INTIMO que en 48 hs de recibida la presente abone al suscripto las diferencias salariales existentes entre el salario abonado por Ud. y el legal obligatorio según escalas del citado convenio colectivo, más adicional por presentimos y antigüedad- y abone asimismo rubros salariales pendientes de pago, a saber: XXXXXXXXXX;  se lo INTIMA asimismo a que regularice en forma retroactiva, desde el inicio de la relación laboral y hasta fecha actual, los aportes, contribuciones, multas e intereses obligatorios NO ingresados a los organismos correspondientes, haciéndome entrega de los comprobantes, todo ello bajo apercibimiento de considerarme gravemente injuriado y despedido por su exclusiva culpa en los términos del Art. 242 LCT y de accionar conforme Arts. 8 y 15 de Ley 24.013, se aclara expresamente que su silencio será considerado como negación a mis reclamos. Comunico que en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 11 inc. a) de la ley 24.013 se procede a enviar copia de la presente a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)”. 
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