La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires dispuso que la baja automática y el reingreso de los contribuyentes en el Monotributo nacional, producirá el mismo efecto en el régimen simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos a partir de la misma fecha.
A través de la resolución normativa 10/2022, publicada en el boletín oficial el 7 de abril, la ARBA modificó la reglamentación del régimen simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos de buenos aires, adecuando los artículos 43 y 44 de la resolución normativa 21/2021.
Recordemos que la resolución normativa 21/2021, fue emitida en el año 2021 donde se establecía que, a partir del 5 de agosto del mismo año, los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos inscriptos como tales en la jurisdicción de Buenos Aires podrían solicitar voluntariamente su inclusión en el Régimen Simplificado del mismo tributo y se reglamentó su funcionamiento.
Con la publicación de la ley 15311, en su artículo 103 con vigencia a partir del 1 de enero de 2022 ,se sustituyó el artículo 227 sexies del Código Fiscal , estableciendo la baja automática en el impuesto sobre los ingresos brutos de aquellos contribuyentes respecto de los cuales se produzca la baja automática del Régimen Simplificado Nacional para Pequeños Contribuyentes , disponiéndose asimismo que el reingreso de los contribuyente en el Régimen Simplificado Nacional implicará el alta en impuesto sobre los ingresos brutos y en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes de este último tributo, pero faltaba la modificación en la reglamentación que debía efectuar la ARBA.
Recordemos quiénes pueden adherir al régimen simplificado de ARBA -INGRESOS BRUTOS SIMPLIFICADO–
- Quienes sean contribuyentes locales de ingresos brutos -incluyendo todas las categorías de Monotributo- y no estén inscriptos en Convenio Multilateral.
- Únicamente las personas humanas (incluye sucesiones indivisas). Se excluyen personas jurídicas.
- Quienes estén registrados en Monotributo nacional con domicilio fiscal en provincia de Buenos Aires.
¿Cuáles son las categorías a abonar para el período 2022 del régimen simplificado provincial?
Categoría Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes Anexo de la ley nacional 24977 y sus modificatorias | Importe Fijo Mensual |
A | $ 289 |
B | $ 556 |
C | $ 876 |
D | $ 1.477 |
E | $ 2.415 |
F | $ 3.229 |
G | $ 4.119 |
H | $ 8.649 |
I | $ 10.744 |
J | $ 12.844 |
K | $ 14.828 |
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