Programa de Asistencia al Trabajo (ATP): la AFIP habilita el trámite para solicitar el crédito a tasa subsidiada hasta el 18 de agosto

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La AFIP comunica que habilitó la posibilidad de acceder a los Créditos a Tasa Subsidiada, medida que se formalizará a través de la RG (AFIP) 4792, que será publicada en el Boletín Oficial.

El organismo notificará a los empleadores beneficiados que podrán iniciar el trámite para acceder al financiamiento.

La solicitud se inicia a través del sitio web de la AFIP y se gestiona ante la entidad bancaria seleccionada. Las empresas tienen tiempo hasta el martes 18 de agostoinclusive.

Recordamos que el Decreto 621/2020 incorporó al Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción los créditos a tasa subsidiada a partir del período julio 2020, disponible para aquellos empleadores con una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 30%.

Este crédito será destinado al pago de salarios y, por tal motivo, el monto financiado se acreditará directamente en las CBU de los trabajadores.

De acuerdo a lo dispuesto en la DA (JGM) 1343, la tasa de interés será fija y su nivel dependerá de la magnitud en la variación nominal de la facturación de cada empresa entre los meses de junio de 2020 y 2019:

Variación nominal interanual en

la facturación

Tasa de interés

nominal anual (TNA)

del 0% al 10%

0%

más del 10% hasta el 20%

7,5%

más del 20% hasta el 30%

15%

Accedé a la RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos Nacional) 4792