Autónomos. Incremento a partir del devengado marzo 2018

por

Aportes mensuales de los trabajadores autónomos

Recordamos que a partir del devengado marzo de 2018 -con vencimiento durante el mes de abril- se incrementa el valor de los aportes mensuales de los trabajadores autónomos con destino a la seguridad social informados por la AFIP y que se desprenden de la aplicación del índice de movilidad dispuesto por la ley 27426.

Aportes mensuales de los trabajadores autónomos

Categorías mínimas de revista

 

Concepto

Porcentaje

Vigencia: desde el 1/3/2018 al 31/5/2018

I

I‘(*)

II

II‘(*)

III

III’(*)

IV

IV’(*)

V

V’(*)

Renta imponible

4.440,82 6.217,12 8.881,65 14.210,62 19.539,59

Aporte personal jubilación

(3)

16

710,53 710,53 994,74 994,74 1.421,06 1.421,06 2.273,70 2.273,70 3.126,34 3.126,34

11/14

488,49 621,71 683,88 870,40 976,98 1.243,43 1.563,17 1.989,48 2.149,34 2.735,53

INSSJP(3)

5

222,04 222,04 310,86 310,86 444,08 444,08 710,53 710,53 976,98 976,98

Total aporte(4)

1.421,06 1.554,28 1.989,48 2.176,00 2.842,12 3.108,57 4.547,40 4.973,71 6.252,66 6.838,85

(*) Trabajadores autónomos con tareas diferenciadas

 

Actividades de los trabajadores autónomos

 

Grupos de actividades

Ingresos brutos obtenidos en el último año

Categorías

Importe mensual(4)

Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares y socios de sociedades de cualquier tipo

Mayores a $ 30.000

V

6.252,66

Mayores a $ 15.000 y menores o iguales a $ 30.000

IV

4.547,40

Menores o iguales a $ 15.000

III

2.842,12

Actividades no incluidas en el punto anterior que constituyan locaciones o prestaciones de servicios

Mayores a $ 20.000

II

1.989,48

Menores o iguales a $ 20.000

I

1.421,06

Resto de las actividades no comprendidas en los puntos anteriores

Mayores a $ 25.000

II

1.989,48

Menores o iguales a $ 25.000

I

1.421,06

Afiliaciones voluntarias

Sin limitación

I

1.421,06

Menores de 18 años hasta 21 años

1.421,06

Jubilados por la ley 24241

1.199,02

Amas de casa y ex agentes de la Administración Pública

488,49

 

Concepto

Porcentaje

Trabajadores jubilados(1)

Menores de 21 años

Afiliaciones voluntarias

Amas de casa(2)

I

I

I

I

Renta imponible

4.440,82 4.440,82 4.440,82 4.440,82

Aporte personal

16

710,53 710,53 710,53

Jubilación

11/14

488,49 488,49 488,49 488,49

INSSJP

5

222,04 222,04

Total aporte

32/35

1.199,02 1421,06 1421,06 488,49

 

 

Notas

(1) Corresponde a los aportes mensuales de beneficiarios de prestaciones previsionales de la L. 24241 que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma

(2) Por L. 24828 y R. (SAFJP) 399/1997, a partir del período agosto de 1997, inclusive, las amas de casa podrán optar por ingresar al SIJP una alícuota diferencial del 11%, calculada sobre la renta imponible mensual de la categoría más baja, pudiendo optar por una categoría superior

(3) Se lleva a cabo esta apertura a los fines de poder liquidar accesorios en los casos que correspondan.

El aporte personal del trabajador autónomo se encuentra constituido por un 16% que deberá considerarse contribución, a los fines de liquidar intereses (Código 358) para el F. 801 E, y 11% o 14% (para tareas diferenciales) como aporte (Código 308)

(4) Fuente: AFIP

 

Fuente: Editorial Errepar