El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social utilizará el RIPTE para actualizar trimestralmente a partir del 1 de marzo de 2020, las rentas de referencia de los trabajadores autónomos y los montos mínimos y máximos de los haberes jubilatorios, entre otros conceptos.
RESOLUCIÓN (Registro Nac. Trabajadores Rurales y Empleadores) 36/2020