El Banco Central de la República Argentina, a través de la comunicación “A” 5886, de fecha 15/1/2016, dirigida a las entidades financieras, las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito, a los administradores de carteras crediticias de ex entidades financieras, a los fiduciarios de fideicomisos financieros comprendidos en la ley de entidades financieras y a las empresas no financieras emisoras de tarjetas de compra, dispuso que las entidades podrán ofrecer a sus clientes, sin costo alguno, los resúmenes de cuenta o tarjeta de crédito a través de medios electrónicos, como home banking o e-mail.
Sin embargo, la normativa contempla la posibilidad de que se mantenga el envío en papel si el cliente lo solicita expresamente, ello sin perjuicio de la aplicación del cargo por servicio postal que pudiera corresponder para quienes sean informados por esa vía.
Fuente: Editorial Errepar