Mediante la Comunicación A 7606, el Banco Central oficializó la medida por la cual se adopta la decisión de prohibir el acceso al mercado de cambios para realizar compras de moneda extranjera a quienes hayan solicitado y obtenido el subsidio en las tarifas derivadas del suministro de gas natural por red y/o energía eléctrica, como así también a quienes lo hubieran obtenido de manera automática, y a quienes mantengan el subsidio en las tarifas de agua potable.
Según el texto de la norma, “no podrán mientras mantengan el mencionado beneficio:
1.1. acceder al mercado de cambios para realizar compras de moneda extranjera por parte de personas humanas para la formación de activos externos de residentes, remisión de ayuda familiar y por operaciones con derivados, en los términos del punto 3.8. de las normas sobre “Exterior y cambios”;
1.2. realizar las operaciones enunciadas en el punto 4.3.2. de las normas de “Exterior y cambios”.”