Entidades financieras. Sistema Nacional de Pagos-Débito Inmediato (DEBIN).
El Banco Central de la República Argentina informa que ha resuelto establecer la obligatoriedad por parte de las entidades financieras de poner a disposición del usuario de servicios financieros dicho instrumento de pago, dentro de los 30 días corridos luego de que la CEC-BV tenga cumplimentadas las cuestiones afines a su competencia y responsabilidad que resultan necesarias para el desarrollo de la operatoria.
El ordenamiento normativo y la descripción de dicha operatoria fueron publicados en la Comunicación ‘A’ 6099, siendo un medio de pago que debita la cuenta del cliente bancario una vez que autorizó el respectivo cobro de algún bien y/o servicio y se sustenta en un aplicativo de cobro, y en funcionalidades disponibles en banca por Internet, en banca móvil, y en los demás canales que disponga oportunamente el BCRA.
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