La Sala “A” de la Cámara Federal de Apelaciones de la provincia de Córdoba en los autos “P. E. c/ AFIP s/ Amparo Ley 16.986” de fecha 11/11/2015 hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por demandada y, en consecuencia, revocar la medida cautelar promovida por la actora, manteniéndose la inhabilitación de la CUIT.
Para decidir en este sentido, la Cámara centra su decisión en que la medida cautelar adolece del requisito de la “verosimilitud del derecho” establecido por el artículo 15 de la ley 26854, dado que la accionante no logró demostrar la “necesidad de disponer de esta medida y que, de no proceder, se haría innocua o ilusoria la sentencia que se dicte o bien se afectaría la igualdad de los litigantes”.