CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN. VIGENCIA A PARTIR DEL 1 DE AGOSTO DE 2015
Recordamos que, conforme a lo dispuesto por la ley 27077 (BO: 19/12/2014), el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación entrará en vigencia a partir del 1 de agosto de 2015.
Fuente Editorial Errepar
Te puede interesar:
Teletrabajo: un camino hacia la flexibilización laboral con perspectiva de género
Buenos Aires: prórroga para el procedimiento de compensación de saldos deudores y saldos acreedores
¿Cuáles son los feriados bancarios del año 2017?
AFIP responde consultas a las Cámaras empresariales sobre Bienes Personales, repatriación e Impuesto...