Comenzó a regir el nuevo modelo de liquidación de expensas

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Podrán denunciar irregularidades de administradores.

Desde este mes, comenzó a regir el nuevo modelo de liquidación de los gastos de los consorcios en la Capital y que busca, además, controlar a los administradores. La iniciativa permite que los vecinos no sólo tengan impresa la liquidación de las expensas, sino que podrán recibirla por correo electrónico.

“También se podrán denunciar irregularidades de la administración en las sedes comunales y asistir a una audiencia con el administrador para resolverlas”, informó la Secretaría de Atención Ciudadana mediante un comunicado.

“En la ciudad, estamos dando un nuevo paso significativo hacia la transparencia. Éste es un logro producto del consenso con las cámaras del sector y el Suterh [el sindicato de encargados de edificios], que beneficiará a más de 115.000 consorcios”, dijo Eduardo Macchiavelli, secretario de Atención Ciudadana.

El nuevo modelo de liquidación de expensas contiene información detallada de los gastos de contrataciones y sueldos del personal, e incorpora datos que, por lo general, no se dan a conocer, como por ejemplo: el estado patrimonial y los juicios que enfrenta el consorcio, entre otros. Si bien los consorcistas podrán optar por recibir la liquidación en papel, se estima que dejarán de imprimirse unos 4,9 millones de hojas por mes, dada la conveniencia económica y de acceso a la información que supone el almacenamiento de archivos digitales.

En cuanto al nuevo procedimiento para realizar denuncias, les permite a los porteños tener una audiencia con el administrador y un representante de Defensa al Consumidor con el objetivo de resolver la problemática. Para presentar una denuncia, los ciudadanos deben sacar un turno en la página web (www.buenosaires.gob.ar/turnos), llamar al teléfono 147 o acercarse a una sede comunal.

Los vecinos pueden denunciar aquellos casos en los que el administrador no tenga su matrícula; cuando no sea clara la información de las expensas; en caso de falta de mantenimiento y conservación de las partes comunes; si no convoca a asamblea conforme al reglamento, y demás aspectos previstos por la ley 941. También se podrá denunciar la falta de contratación de los seguros, la omisión de información en el recibo de pago, y la negativa a mostrar los libros y la documentación del consorcio.

Fuente: texto publicado por La Nación (5/11/2014)