Se homologa el acuerdo de emergencia que establece las condiciones para implementar el régimen de suspensiones y el pago de una suma no remuneratoria, en el marco del artículo 223 bis de la ley de contrato de trabajo.
– Se excluye del Acuerdo a los trabajadores que por constituir personas de riesgo están exceptuados de asistir al lugar de trabajo y a aquellos que prestan servicios.
RESOLUCIÓN (Min. Trabajo, Empleo y Seguridad Social Nacional) 515/2020
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