¿ Cómo se efectúa la reducción de anticipos y qué requisitos son necesarios ?
Reducción de Anticipos por el Período Fiscal 2016 originado en el incremento de las deducciones personales –D. 394/2016
La opción de reducción de anticipos puede efectuarse hasta el 15/6/2016 y debe realizarse ingresando al sistema “Cuentas Tributarias” en la transacción “Reducción de Anticipos”, donde deberá indicar el impuesto “11-Ganancias Personas Físicas” y el período fiscal “20160000”, tildando el campo “Decreto 394/16”.
Para poder acceder a la reducción de anticipos se debe poseer la CUIT con estado administrativo “Activo sin limitaciones”, adherir al “Domicilio Fiscal Electrónico” y tener actualizado el código de actividad.
Los sujetos que ejerzan la opción de reducción de anticipos quedan obligados a utilizar el sistema de Cuentas Tributarias y a cancelar todas las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social mediante transferencia electrónica de fondos –RG (AFIP) 1778-.
Fuente: Editorial Errepar