Consulta frecuente. ¿Cuál es el plazo de vigencia del beneficio estipulado en el Título II, Capítulo II, de la ley 26940, destinado a empleadores que tengan hasta 80 trabajadores?

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consulta-frecuenteRÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE LA CONTRATACIÓN DE TRABAJO REGISTRADO

¿Cuál es el plazo de vigencia del beneficio estipulado en el Título II, Capítulo II, de la ley 26940, destinado a empleadores que tengan hasta 80 trabajadores?

El beneficio previsto para los empleadores con hasta 80 trabajadores rige por 12 meses contados a partir del 1 de agosto de 2014 (fecha en que comenzaron a tener efecto las disposiciones del Título II de la L. 26940), pudiendo ser prorrogado por el Poder Ejecutivo Nacional, en virtud de lo dispuesto en el artículo 30 de la citada ley. Este plazo habría vencido el 31 de julio de 2105, sin embargo, al día de la fecha no se ha establecido dicha prórroga.

Recordamos que estos empleadores gozarán de una reducción de las contribuciones patronales (con destino al SIPA, INSSJP, FNE, Asignaciones Familiares y RENATEA, de corresponder) por el término de 24 meses para las nuevas relaciones laborales por tiempo indeterminado. Los 24 meses deben contarse a partir del mes de inicio de cada relación.

En tal sentido, ponemos a disposición nuestro Micrositio “Régimen de Promoción del Empleo Registrado – REPSAL“, que brinda la siguiente información:
* Video explicativo
* Aspectos generales del Régimen
* Doctrina vinculante
* Normativa vigente
* Aplicativo SICOSS

Fuente: Editorial Errepar