REQUISITOS PARA EL DERECHO AL COBRO DE LOS FERIADOS NACIONALES
¿Cuáles son los requisitos para el derecho al cobro de los feriados nacionales?
De acuerdo con lo establecido por el artículo 168 de la ley de contrato de trabajo, los trabajadores tendrán derecho a percibir la remuneración correspondiente al feriado no trabajado siempre que hubiesen trabajado a las órdenes de un mismo empleador 48 horas o 6 (seis) jornadas dentro del término de diez días hábiles anteriores al feriado, o cuando hubieran prestado servicios la víspera hábil del día feriado y continuaran trabajando en cualquiera de los cinco días hábiles subsiguientes al mismo.