VACACIONES. CÓNYUGES QUE TRABAJAN A LAS ÓRDENES DEL MISMO EMPLEADOR. OTORGAMIENTO CONJUNTO. PROCEDENCIA. REQUISITO
Si ambos cónyuges trabajan a las órdenes del mismo empleador, ¿pueden exigir tomar las vacaciones en forma conjunta?
Sí. Cuando un matrimonio se desempeña a las órdenes del mismo empleador, las vacaciones deben otorgarse en forma conjunta y simultánea, siempre que no afecte notoriamente el normal desenvolvimiento del establecimiento.
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