Monotributo. Contribuyentes excluidos
La AFIP informa en su página web que el contribuyente deberá concurrir a la dependencia en la que se encuentre inscripto, con una Multinota (F. 206), solicitando la baja en el “impuesto 20” (Monotributo) con motivo “Exclusión” y el alta en los tributos del Régimen General.
Fuente: Editorial Errepar