La norma sancionada baja el porcentaje del impuesto sobre los ingresos brutos para los “servicios de las entidades financieras no bancarias correspondientes a los intereses y ajustes de capital de los préstamos hipotecarios otorgados a personas físicas, con destino a la compra, construcción, ampliación o refacción de vivienda única, familiar y de ocupación permanente” del 8% al 1,5%.
Destacamos que la ley aún no ha sido publicada en el Boletín Oficial.
Fuente: Editorial Errepar
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