De Interés. Régimen legal de concursos y quiebras. Arancel de verificación de créditos. Artículo 32, Ley 24522. Actualización

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Logo ErreparEl Senado de la Nación aprobó el proyecto de actualización del arancel de verificación de créditos del artículo 32 de la ley de concursos y quiebras, propuesto por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires. En tal sentido, se establece que por cada solicitud de verificación de crédito que se presente, el acreedor pagará al síndico un un arancel equivalente al diez por ciento (10%) del salario mínimo vital y móvil que se sumará a dicho crédito. El síndico afectará la suma recibida a los gastos que le demande el proceso de verificación y confección de los informes, con cargo de oportuna rendición de cuentas al juzgado, quedando el remanente como suma a cuenta de honorarios a regularse por su actuación.
Se excluye de dicho arancel a los créditos de causa laboral y a los menores y a los equivalentes a menos de tres (3) salarios mínimos vitales y móviles, sin necesidad de declaración judicial.
Asimismo se modifica el inc. 1 del artículo 288 de la misma ley, determinando que serán considerados pequeños concursos y quiebras aquellos en los cuales el pasivo denunciado no alcance el equivalente a trescientos (300) salarios mínimos vitales y móviles.

Fuente Editorial Errepar