Deducciones personales. Incremento del mínimo no imponible, cargas de familia y deducción especial desde el 1/1/2016

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Legislación ErreparSe deja sin efecto el decreto 1242/2013, que establecía la no aplicación del impuesto a las ganancias para los sujetos que hubieran percibido entre los meses de enero a agosto de 2013 remuneraciones brutas de hasta $ 15.000 mensuales -entre otros- y se incrementan a partir del 1/1/2016 los importes anuales de las deducciones personales, según el siguiente detalle:
* Mínimo no imponible: $ 42.318;
* Cónyuge: $ 39.778;
* Hijos: $ 19.889;
* Otras cargas: $ 19.889;
* Deducción especial: $ 42.318.

En virtud de las citadas modificaciones, la deducción especial incrementada [art. 79, incs. a), b) y c), LIG, para sueldos y jubilaciones] se establece en $ 203.126, y la deducción anual de los importes abonados por servicio doméstico pasa a tener un tope de $ 42.318.

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Fuente: Editorial Errepar