Se establece que el proveedor está obligado a suministrar al consumidor en soporte físico y en forma gratuita, con la claridad necesaria para su comprensión, todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee y las condiciones de su comercialización. Sólo podrá suplantar la comunicación en soporte físico si el consumidor o usuario optase de forma expresa por utilizar cualquier otro medio alternativo de comunicación que el proveedor ponga a su disposición.
Acceda a la Ley 27250, que modifica la Ley de Defensa del Consumidor.
Fuente: Editorial Errepar