El bloqueo del número de CUIT ya no estará entre las sanciones de la AFIP

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Logo ErreparDurante la etapa anterior de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se hizo popular una sanción que se convirtió en la más temida: la suspensión del número de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT). Si bien, reconocidos tributaristas cuestionaban la dureza de la pena, la “gestión de Ricardo Echegaray” hizo uso y abuso de tal facultad.

Por este motivo, de acuerdo a la información a la que pudo acceder iProfesional, el nuevo administrador federal, Alberto Abad está estudiando “no continuar con la política de bloqueo de la CUIT”.

Así se desprende del documento resumen de la primera reunión del año entre representantes del fisco nacional y de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce), que reúne a los contadores.

Entre los principales cambios que se encuentran bajo estudio, vale mencionar:
•En los próximos días se remitirá para su análisis la versión beta del aplicativo de Ganancias para personas físicas.
•Se trabajará en forma conjunta entre la AFIP y las entidades profesionales en la “simplificación de las tareas profesionales formales”, especialmente en lo que refiere a los distintos regímenes de información.
•Se simplificará el IVA web y se avanzará en las declaraciones juradas proforma de Ganancias y Bienes Personales. En un futuro cercano, nada se hará sobre la plataforma del SIAP.
•Se está analizando no continuar con la política de bloqueo de CUIT.
•Se estudia reemplazar la exclusión de pleno derecho en el régimen simplificado (Monotributo) mediante la publicación del listado de excluidos en el boletín oficial por una notificación personalizada que asegure el derecho de defensa.
•Se impulsará el uso generalizado y obligatorio del domicilio fiscal electrónico.

Probar el software
El Consejo Profesional en Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires (Cpcecaba) ya le había enviado una nota a Abad para solicitarle la implementación de un banco de pruebas para así testear el software (programas aplicativos) que será utilizado en las declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales 2015, que vencen en abril y mayo próximo.

La institución que reúne a los contadores porteños busca así, “colaborar en el estudio, análisis y monitoreo de los avances de los programas aplicativos para la liquidación” de los gravámenes.

“La ides es poder contar con los citados aplicativos con la anticipación necesaria a fin de facilitar la labor que desarrollan los contadores, en su rol de asesores y consultores”, puntualiza la nota presentada por la entidad.

En tal sentido, el Consejo le trasmitió a la AFIP la intención de poner en funcionamiento un proceso de prueba donde sean analizadas las nuevas versiones de los programas aplicativos en forma previa a su puesta a disposición.”El mecanismo contribuirá con la solvencia, seguridad de su correcta utilización y organización del trabajo profesional de nuestros matriculados”, agrega la nota.

Asimismo, le comunicó que “cuenta con un cuerpo de profesionales especializados en temas tributarios y en particular con el manejo de los programas aplicativos quienes, junto con la participación de colaboradores de la AFIP, podrían conformar un equipo interdisciplinario integrado por especialistas informáticos y tributarios a fin de minimizar la ocurrencia de fallas en los programas aplicativos que se vienen presentando en los últimos años”.

Complementariamente, el Consejo ya manifestó su deseo de una completa reformulación del esquema de vencimientos de las declaraciones juradas anuales en el Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales.

Puntualmente, los profesionales solicitan que se unifique en junio los vencimientos generales. Hoy por hoy se dan de manera escalonada, entre abril y mayo de cada año.

Asimismo, a fin de no perjudicar la performance de la recaudación, los contadores proponen que se implemente un anticipo adicional en abril y/o mayo de cada año.

Consultado al respecto, el consultor tributario Alberto Romero señaló que “es razonable el pedido ya que durante abril y mayo de cada año se agolpan múltiples vencimientos que complican la tarea del profesional”.

Gestión Abad
Con ya casi dos meses al frente del organismo de recaudación, Alberto Abad ha vuelto a imponer su impronta. Sin lugar a dudas la principal medida fue la decisión de devolver el impuesto que, bajo la gestión anterior, la AFIP había retenido indebidamente.

Hasta el jueves pasado, el fisco devolvió $235 millones a 60.000 personas a las que el organismo les había retenido a cuenta de impuestos 20% sobre la compra de dólar ahorro o 35% sobre compras en el exterior o por Internet con tarjeta de crédito o sobre la adquisición de paquetes turísticos.

Para constatar que el dinero fue depositado en la cuenta bancaria, los contribuyentes deben ingresar a la página web del organismo con Clave Fiscal y consultar la opción “Domicilio Fiscal Electrónico”.

La medida alcanza a todos los contribuyentes que sufrieron la percepción y no tributan ni Ganancias ni Bienes Personales, por lo que no pueden compensar la retención y la única forma de recuperar la percepción que les hizo el fisco es a través de un trámite específico para obtener la devolución del monto.

Los reintegros corresponden al período de transacciones bancarias hechas durante 2012-2014.

En esta primera cuota, la AFIP devolverá el dinero a casi 94.000 ciudadanos, por un total de $595 millones. En esta etapa, estarán resueltos el 61% de los casos que tramitaron la solicitud y la devolución se realiza en forma automática en cuotas de hasta 6.000 pesos.

El cronograma de cuotas continúa de la siguiente manera: 11 de marzo, 13 de abril, 12 de mayo, 14 de junio y 14 de julio.

La devolución será progresiva en grupos de 20.000 CUIT por día. De esta manera el martes 16 de febrero finalizará el reintegro del dinero a los casi 94.000 ciudadanos comprendidos en la primera cuota.

Desde el inicio del plan de devolución de percepciones, más de 153.000 ciudadanos tramitaron su reintegro por un total de $1.043 millones.

Si bien el mecanismo de la devolución estaba previsto desde el inicio de la aplicación de la percepción, nunca se había concretado, a pesar de las numerosas solicitudes.

Plan de pagos
La otra gran medida, fue el lanzamiento de un nuevo plan de pagos permanente. Al mismo se ingresa en forma automática desde Mis Facilidades, sin intervención de funcionarios del organismo, pero sin poder volver a ingresar una deuda una vez que caducó.

A partir de julio, el desempeño en los planes dará lugar a una calificación de cumplimiento y riesgo fiscal de los contribuyentes, con suba de la tasa.

Además de toda la deuda en general, suma los aportes de autónomos, monotributistas y trabajadores en relación de dependencia; el impuesto integrado del Monotributo, y la deuda de contribuyentes en áreas de emergencia.

No se pueden ingresar retenciones y percepciones impositivas y previsionales corrientes; anticipos o pagos a cuenta; IVA por importación de servicios; la prima de la ART y deuda declarada en planes vigentes. Los únicos excluidos son los ciudadanos imputados penalmente.

Se pueden financiar hasta en 3 cuotas los aportes de trabajadores en relación de dependencia; hasta en 6 cuotas las obligaciones impositivas y de Seguridad Social; hasta en 20, las obligaciones por autónomos y monotributistas, y hasta en 24 cuotas la deuda generada por ajustes de inspección.

La cuota mínima es de $500 para autónomos y el Monotributo, y de $1.000 para el resto de los planes.

La financiación es a tasa fija, pero la inicial se actualizará mes a mes con valores de mercado, tomando como referente la tasa pasiva nominal anual del Banco Nación para los plazos fijos a 180 días más 2 puntos para pequeños contribuyentes con ingresos hasta $91 millones anuales, y más 6 puntos para quienes tengan una facturación superior.

La tasa se actualiza el 20 de cada mes, por lo que si un ciudadano se adhiere al plan el 8 de abril, debe tomar como referencia la tasa del 20 de marzo, por ejemplo.

Fuente: Texto publicado por IProfesional.com (15/2/2016)

Seleccionado por: Editorial Errepar