Emergencia en la producción de peras y manzanas. Río Negro, Neuquén, Mendoza, San Juan y La Pampa.

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SUMARIO: Se prorroga, desde el 4/6/2018 hasta el 3/6/2019, la emergencia económica, productiva, financiera y social de la cadena de producción de peras y manzanas de las Provincias de Río Negro, Neuquén, Mendoza, San Juan y La Pampa, dispuesta oportunamente por la ley 27354.
Señalamos que la presente emergencia económica, productiva, financiera y social también alcanza a los servicios de almacenamiento y depósito.
Recordamos que, en el marco de las presentes disposiciones, se prevén regímenes de facilidades de pago de deudas impositivas, y aportes y contribuciones de la seguridad social al régimen de trabajadores autónomos y para el monotributo.

JURISDICCIÓN: Nacional
ORGANISMO:Poder Ejecutivo
FECHA:11/06/2018
BOL. OFICIAL:12/06/2018
VIGENCIA DESDE:12/06/2018

DECRETO 517/2018

VISTO:

El Expediente N° EX-2018-16619503-APN-DGD#MA, la Ley N° 27.354 y sus modificatorias y el Decreto N° 1125 de fecha 29 de diciembre de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 27.354 y sus modificatorias se declaró en emergencia económica, productiva, financiera y social por el término de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días a la cadena de producción de peras y manzanas de las Provincias del NEUQUÉN, RÍO NEGRO, MENDOZA, SAN JUAN y LA PAMPA.

Que, asimismo, se facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a instrumentar regímenes especiales de prórroga y de facilidades para el pago de las obligaciones impositivas y de la seguridad social por parte de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS organismo autárquico en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA y de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que mediante el Decreto N° 1125 de fecha 29 de diciembre de 2017 se adoptaron las medidas conducentes a la instrumentación de los beneficios especiales previstos en la citada Ley N° 27.354 y sus modificatorias.

Que por el artículo 3° de la mencionada Ley se facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a prorrogar por igual término la vigencia de la misma.

Que los beneficios mencionados están permitiendo a los integrantes de la cadena de producción de peras y manzanas de las citadas provincias recomponer su situación económica y financiera, no obstante lo cual, la coyuntura actual determina la conveniencia de prorrogar la vigencia de la Ley N° 27.354 y sus modificatorias a fin de continuar con el proceso de recuperación sectorial.

Que advirtiéndose que en el Anexo I (IF-2017-35801295-APN-SECAGYP#MA) que forma parte integrante del citado Decreto N° 1125/17 no fueron incluidos los actores de la cadena productiva que prestan servicios de frío, resulta necesario modificar tal Anexo a fin de subsanar aquella omisión.

Que los servicios jurídicos competentes han tomado intervención.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 3° de la Ley N° 27.354 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Art. 1 – Prorrógase por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días la emergencia económica, productiva, financiera y social a la cadena de producción de peras y manzanas de las Provincias del Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La Pampa, declarada por la ley 27354 y sus modificatorias.

Art. 2 – Sustitúyese el Anexo I (IF-2017-35801295-APN-SECAGYP#MA) que forma parte integrante del decreto 1125 de fecha 29 de diciembre de 2017 por el Anexo I (IF-2018-27609781-APN-SECAGYP#MA) que forma parte integrante de la presente medida.

Art. 3 – Las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y surtirán efecto a partir del vencimiento del plazo fijado en el artículo 1 de la ley 27354 y sus modificaciones.

Art. 4 – De forma.

TEXTO S/DECRETO 517/2018 – BO: 12/6/201
FUENTE: D. 517/2018
VIGENCIA Y APLICACIÓN

Vigencia: 12/6/2018

Aplicación: para prorrogar el estado de emergencia económica, productiva, financiera y social desde el 4/6/2019 hasta el 3/6/2019

 

Fuente: Errepar