La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y de los Emprendedores publicó la resolución 84/2021 por la cual exceptúa del cumplimiento del requisito previsto en la resolución 220/2019 para el caso de vinculación de empresas o grupos económicos a las relaciones con organismos del Consejo Interinstitucional de Ciencias y Tecnología (CICyT).
La resolución 220/2019 de la antigua Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa (SEPYME) dispone que no pueden inscribirse como MIPYMES aquellas empresas que se encuentren vinculadas –con una participación del 20% del capital- a otras empresas o grupos económicos que no reúnen los requisitos.
Con esta nueva disposición, las MIPYMES tecnológicas vinculadas con un organismo estatal del sistema de ciencia, tecnología e innovación podrán solicitar su inscripción en el Registro MIPYME y acceder a los beneficios previstos para las micro, pequeñas y medianas empresas que se inscriban.
Recordamos que El Certificado MIPYME es un documento que acredita la inscripción al Registro MIPYME y permite a micro, pequeñas y medianas empresas que reúnan los requisitos acceder a diversos beneficios impositivos, previsionales y otros que disponen distintas entidades como las financieras.
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