Recordamos que mediante la resolución (ST) 22/2014 se estableció otorgar asueto laboral los días 24 y 31 de diciembre de cada año, sin que se genere descuento alguno en los salarios del personal.
Acceda al texto completo.
Fuente: Editorial Errepar
Recordamos que mediante la resolución (ST) 22/2014 se estableció otorgar asueto laboral los días 24 y 31 de diciembre de cada año, sin que se genere descuento alguno en los salarios del personal.
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