Precios de transferencia: La AFIP establece cómo registrar los contratos por operaciones de exportación de bienes agrícolas

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La AFIP establece la forma, plazos y condiciones para registrar los contratos por operaciones de exportación de bienes agrícolas con cotización, en los cuales intervenga un intermediario que se encuentre ubicado, constituído, radicado o domiciliado en una jurisdicción no cooperantes o de baja o nula tributación.

A tal efecto la citada registración se considerará cumplida con la registración de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) aprobada en estado “SALIDA” y con el suministro de los demás datos requeridos a través del formulario de declaración jurada “F 1450 Contrato de Exportación de Bienes Agrícolas Con Cotización” que estará disponible en la web de AFIP en la ubicación http://www.afip.gob.ar/genericos/formularios.

Señalamos que las presentes disposiciones resultan de aplicación a partir del 1/1/2020, y el plazo para cumplir con el suministro de datos a través de la web de la AFIP es de 7 días desde la aprobación de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) aprobada en estado “SALIDA”.

Accedé a la Resolución (AFIP) 4653