Facilidades de pago: AFIP extiende hasta el 30 de septiembre el plazo y beneficios para planes permanentes y ganancias y bienes personales

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extiende hasta el  30 de septiembre los plazos para que los contribuyentes puedan cancelar las obligaciones relativas a los impuestos a las ganancias y bienes personales en hasta 3 cuotas y con pago a cuenta del 25%.

La resolución general 5243, que contempla esta posibilidad para los contribuyentes, se publicó en el Boletín Oficial el día lunes 1° de agosto.

Asimismo, dispone que AFIP no considere la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de los contribuyentes al momento de tramitar planes para regularizar sus obligaciones alcanzadas.

¿Hasta cuándo hay plazo para acceder al miniplan?

Para las personas humanas cuyos vencimientos de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales 2021 fueron prorrogados a los días 13 y 14 de julio de 2022, el acceso al miniplan estará disponible hasta el 31 de agosto de 2022, no pudiendo acceder al mismo a partir de dicha fecha.

Las mejores condiciones del acceso al miniplan sin considerar la categoría del SIPER dispuesta por la RG(AFIP) 5243 no modifican los vencimientos ya establecidos.

¿Qué es el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)?

El SIPER es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.

¿A quiénes alcanza?

A los contribuyentes incluidos en categorías A, B, C o D.

¿Quiénes quedan excluidos?

Aquellos que se encuentren categorizados como de “riesgo muy alto”, englobados en la categoría E.

Prórroga a planes de facilidades de pago

Por otro lado prorroga al 30/9/2022 la vigencia transitoria del régimen de facilidades de pago permanente en relación con los mayores beneficios correspondientes a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable.

Asimismo, se deja sin efecto el tope de la tasa de interés de financiación aplicable a las Micro, Pequeñas y medianas empresas –Tramo I-.