Ponemos a disposición el detalle de los días feriados y no laborables correspondientes al año 2017:
Enero
1 de enero – Año Nuevo (FI)
Febrero
27 febrero – Carnaval (FI)
28 febrero – Carnaval (FI)
Marzo
24 de Marzo – Día Nacional de la Verdad y la Justicia (FI)
Abril
2 de Abril – Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (FI)
11 de abril – Pascuas Judías (NL)
12 de abril – Pascuas Judías (NL)
13 de abril – Pascuas Judías (NL)
13 de abril – Jueves Santo – Festividad cristiana (NL)
14 de abril – Viernes Santo – Festividad cristiana (FI)
17 de abril – Pascuas Judías (NL)
18 de abril – Pascuas Judías (NL)
24 de abril – Día de Acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos (NL)
Mayo
1 de mayo – Día del Trabajador (FI)
25 de Mayo – Día de la Revolución de Mayo (FI)
Junio
17 de Junio – Día Paso a la inmortalidad del Gral. Don Martín de Güemes (FI)
20 de Junio – Día Paso a la Inmortalidad del Gral. Manual Belgrano (FI)
25 de junio – Fiesta de la Ruptura del Ayuno del Sagrado Mes de Ramadán (NL)
Julio
9 de Julio – Día de la Independencia (FI)
Agosto
21 de Agosto – Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín (17/08) (FT)
Septiembre
1 de septiembre – Fiesta del Sacrificio (NL)
21 de septiembre – Año Nuevo Judío (NL)
22 de septiembre – Año Nuevo Judío (NL)
30 de septiembre – Día del Perdón (NL)
Octubre
2 de octubre – Año Nuevo Islámico (NL)
16 de octubre – Día del Respeto a la Diversidad Cultural (12/10) (FT)
Noviembre
20 de Noviembre – Día de la Soberanía Nacional (20/11) (FT)
Diciembre
8 de diciembre – Inmaculada Concepción de María (FI)
25 de diciembre – Navidad (FI)
Feriados inamovibles (FI)
Feriados Nacionales que se rigen por el Decreto 52/2017, Art. 4 y 80/2017.
Feriados trasladables (FT)
Feriados Nacionales que se rigen por el Decreto 52/2017, Art. 2
Días no laborables (NL)
(a) Ley Nº 26.199 dictada en conmemoración del genocidio sufrido por el pueblo armenio. Los empleados y funcionarios de organismos públicos y los alumnos de origen armenio quedan autorizados a disponer libremente de los días 24 de abril de todos los años para poder asistir y participar de las actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que afectó a su comunidad. Se invita a los gobiernos provinciales a adherir a las disposiciones de la presente ley.
(b) Sólo para habitantes que profesen la Religión Judía. Dispuesto por el Decreto 1584/2010.
Los dos primeros días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 10 de abril a las 18:18 horas y finalizan el día 12 de abril a las 19:12 horas. Los dos últimos días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 16 de abril a las 18:11 horas y finalizan el 18 de abril a las 19:05 horas.
Los dos días de Rosh Hashana (Año Nuevo) comienzan el día 20 de septiembre a las 18:31 horas y finalizan el día 22 de septiembre a las 18:33 horas.
El día de Iom Kipur (Día del Perdón) comienza el día 29 de septiembre a las 18:38 horas y finaliza el día 30 de septiembre a las 19:35 horas.
(c) Sólo para los habitantes que profesen la Religión Islámica. Dispuesto por el Decreto 1584/2010. Fechas aproximadas. Se rigen por el calendario lunar.
Accedé al Decreto 1584/2010 que reglamenta los feriados y días no laborables para el territorio nacional de la República Argentina, actualizado según L. 27258; D. 52/2017 y D. 80/2017.
Fuente: Editorial Errepar