GANANCIAS 2021: a partir de qué monto empezarán a pagar los empleados en relación de dependencia

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GANANCIAS SOBRE SUELDOS - DEDUCCIONES E IMPUESTO A PAGAR A PARTIR DE 2019

Como todos los años, a partir del período fiscal 2018 por las modificaciones introducidas a la ley del impuesto a las ganancias por la ley 27346 (BO: 27/12/2016), los importes de las deducciones personales -art. 30, t.o. 2019- y los tramos de las escalas del impuesto -art. 94, t.o. 2019- se actualizan anualmente en función del RIPTE (Remuneración Promedio Imponible de los Trabajadores Estatales). De esta manera, se evita que el importe quede fijo y afecte al universo de los contribuyentes.

Finalmente, en los últimos días, el Ministerio de Trabajo publicó el valor del RIPTE de octubre 2020, por lo que estamos en condiciones de efectuar el cálculo del ajuste para el impuesto a las ganancias.

La variación anual es del 35,38%, con respecto al valor de octubre de 2019. En base a esta variación podemos calcular el mínimo no imponible, las cargas de familia y el importe de la deducción especial.

Si tomamos en cuenta que el valor del mínimo no imponible ajustado por este coeficiente representa la suma de $ 167.683,25, podemos calcular cuánto sería el importe de los sueldos netos a partir del cual se empieza a pagar el tributo para los trabajadores solteros, los casados y los casados con hijos.

Trabajador soltero:

MNI: 167.683,25
+ Deducción especial: 804.879,60
Total deducciones: 972.562,85 / 13 meses

A partir de los sueldos percibidos mayores a $ 74.812,52 se comienza a pagar el impuesto a las ganancias

Trabajador casado sin hijos:

MNI: 167.683,25
+ Deducción especial: 804.879,60
+ Deducción por cónyuge: 156.325,15
Total deducciones: 1.128.888 / 13 meses

A partir de los sueldos percibidos mayores a $ 86.837,53 se comienza a pagar el impuesto a las ganancias

Trabajador casado con dos hijos:

MNI: 167.683,25
+ Deducción especial: 804.879,60
+ Deducción por cónyuge: 156.325,15
+ Deducción por hijos: 157.670,72
Total deducciones: 1.286.558 / 13 meses

A partir de los sueldos percibidos mayores a $ 98.966,05 se comienza a pagar el impuesto a las ganancias.

Señalamos que, para poder deducirse al cónyuge y a los hijos, se deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 30 de la ley del impuesto a las ganancias -t.o. 2019-.

Por último, recordamos que el RIPTE se define como la remuneración promedio sujeta a aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) que perciben los trabajadores que se encuentran bajo relación de dependencia y que han sido declarados en forma continua durante los últimos 13 meses.

Su publicación se realiza a los 45 días de finalizado el periodo correspondiente debido al tiempo que transcurre entre la recepción y el procesamiento de las Declaraciones Juradas que los empleadores presentan ante la AFIP.

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