Ganancias y Bienes Personales: extienden hasta el 31/1/2022 las mejores condiciones para acceder al miniplan

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Nuevamente la AFIP extiende el plazo para que los contribuyentes puedan solicitar la adhesión al plan para regularizar obligaciones de los impuestos a las ganancias y bienes personalesMini Plan RG (AFIP) 4057-.sin que se tenga en cuenta la categoría del SIPER.

Impuesto a las ganancias

Esta vez, por medio de la Resolución General 5109, el Organismo Fiscal extendió hasta el 31 de enero de 2022, inclusive, las mejores condiciones para que los contribuyentes que estén incluidos en las categorías A, B, C o D del SIPER, accedan al miniplan –establecido por la RG (AFIP) 4057-.

Recordamos que la citada resolución general, implementó un régimen de facilidades de pago para cancelar los saldos resultantes de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales, así como sus intereses resarcitorios y/o multas por falta de presentación en hasta 3 cuotas, con un pago a cuenta del 25%.

El citado plan de pagos puede solicitarse desde el primer día del mes de vencimiento de la obligación, hasta el último día del mes siguiente al del vencimiento de la citada obligación. Recordamos que por medio de las Resoluciones Generales 4959 y 5080 la AFIP ya había dispuesto que las mejores condiciones que hoy se extienden hasta el 31/1/2022, estuvieran vigentes hasta el 30 de noviembre de 2021

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