Recordamos que en la circular 1/2019 AFIP dispuso que al momento de efectuarse la carga en el aplicativo de “Ganancias Personas Jurídicas” aquellos sujetos que confeccionan estados contables en moneda homogénea de acuerdo a las normas locales, deben determinar el resultado neto impositivo, ajustando su resultado neto contable para eliminar el efecto que se produce por el cambio en el poder adquisitivo de la moneda, el resultado obtenido se debe reflejar en el campo denominado “Resultado por exposición a la inflación (REI)”
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