Ganancias: el incremento del mínimo para empleados que no se replicó en autónomos

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Ganancias: el incremento del mínimo para empleados que no se replicó en autónomos

El año 2019 fue un año electoral. Tuvimos las conocidas “PASO” en el mes de agosto y luego las elecciones generales presidenciales en el mes de octubre.

Era el momento de las PASO, en agosto 2019, el gobierno en ese entonces estaba presidido por Mauricio Macri, y en esas elecciones perdió contra el actual gobierno. Ante este resultado, la gestión anterior intentó establecer varias medidas, entre ellas impositivas, para morigerar un poco la crisis económica e intentar conseguir un mejor resultado en las elecciones presidenciales del mes de octubre.

Así las cosas, una de las medidas tomadas fue un beneficio equivalente al 20% del mínimo no imponible del impuesto a las ganancias solo para empleados en relación de dependencia y jubilados. Como la medida fue tomada en medio del año fiscal y el impuesto a las ganancias es de liquidación anual, durante el año 2019 se incrementó el mínimo, pero en líneas generales, y en especial para los autónomos, ese mínimo no imponible no aumentó.

Parecía no estar claro qué era lo que iba a pasar, si se subiría el mínimo no imponible para todos y luego le aplicarían el ajuste anual, pero finalmente se decidió tomar otro camino. Más tarde se dictó otra norma (ley 27541, art. 46) mediante la cual se autorizaba a que en la liquidación del impuesto a las ganancias de los trabajadores en relación de dependencia se tomara una deducción que debería ser equivalente al mínimo no imponible sumado el incremento del 20% establecido oportunamente.

Para los autónomos se había dispuesto la eximición del 50% de los anticipos que debían ingresar los trabajadores autónomos en concepto del impuesto a las ganancias en los meses de octubre y diciembre del ejercicio 2019.

Finalmente, las medidas de alivio preelectorales se desvanecieron transformándose en un espejismo que no tiene correlato con la realidad.