Se deberá dividir el sueldo anual complementario por doce (12) y añadir la doceava parte a la remuneración de cada mes del año, estando pendiente por parte de la AFIP brindar mayores precisiones.
Ello, según texto de la ley 27346, que introduce modificaciones en el impuesto a las ganancias y el monotributo y crea nuevos impuestos a los juegos de azar y a las operaciones con dólar futuro, con aplicación a partir del 1/1/2017.
Fuente: Editorial Errepar