Recordamos que la AFIP dispuso, por medio de la resolución general 3898, que el ejercicio de la opción de reducción de anticipos del impuesto a las ganancias para las personas físicas y sucesiones indivisas que se origina en el incremento de las deducciones personales para el año fiscal 2016 podrá ser realizado únicamente hasta el día 15/6/2016.
Fuente: Editorial Errepar