Ganancias y Bienes Personales 2017. Plan de facilidades de pago

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Recordamos que aquellos contribuyentes que opten por acogerse al plan de facilidades de pago -dispuesto por la RG (AFIP) 4057-E- con el fin de cancelar los saldos resultantes de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2017 podrán adherir al mismo hasta el 30/6/2018.

Señalamos que si bien la presentación de las declaraciones juradas de ambos impuestos se podrá realizar desde el 11/7/2018 hasta el 13/7/2018, según la terminación de la CUIT, durante el mes de julio no se podrá realizar la adhesión al citado plan de facilidades.

 

Fuente: Errepar