El
Poder Ejecutivo ordena el
decreto reglamentario del
impuesto a las ganancias y, a su vez, se introducen algunas modificaciones en la reglamentación, entre las cuales señalamos:
– Se incorporan como parte integrante del presente reglamento las disposiciones establecidas previamente en los
decretos 976/2018 y 279/2018 respecto de las indemnizaciones de directivos y ejecutivos, así como del impuesto cedular por la enajenación de inmuebles y del tratamiento de la renta financiera de beneficiarios del exterior.
– Se incorpora como texto del ordenamiento el listado de
jurisdicciones no cooperantes, que son aquellos países que no tienen vigente con la República Argentina un Acuerdo de intercambio de información en materia tributaria o un convenio para evitar la doble imposición internacional con cláusula amplia de intercambio de información (art. 24).
– Se establece el orden para computar las deducciones generales y personales cuando existan rentas de fuente argentina y extranjera gravadas a la escala progresiva del impuesto, así como rentas de fuente extranjera gravadas a la alícuota del 15% (art. 189).
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Decreto (Poder Ejecutivo) 862/2019