Aquellos contribuyentes que no hayan informado la situación de pluriempleo durante el período fiscal 2017, deberán ingresar el saldo resultante hasta el 22 de junio de 2018, sin posibilidad de utilizar el plan de pagos –miniplan- previsto en la RG (AFIP) 4057.
El impuesto a pagar deberá ingresarse mediante transferencia electrónica de fondos, utilizando el Volante Electrónico de Pago (VEP) y los siguientes códigos:
Impuesto: 011 (ganancias personas humanas)
Concepto: 043 (pago a cuenta autoretención)
Subconcepto: 043 (pago a cuenta autoretención)
En la aplicación Ganancias Personas Humanas se debe completar el monto ingresado en el campo “Autoretención” para que permita la presentación de la DDJJ.
Fuente: Errepar
Te puede interesar:
Se extiende hasta el 31/3/2021 el reintegro por compras con tarjetas de débito para jubilados
Crédito a Tasa Subsidiada y REPRO II: la AFIP habilita el sistema para tramitar el beneficio hasta 8...
Régimen de información de participaciones societarias y rentas pasivas: tips prácticos para informar...
Teletrabajo: puntos centrales del proyecto de reglamentación