Impuesto a las ganancias y el anticipo a la renta inesperada: Una nueva obligación con impacto financiero

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GANANCIAS SOBRE SUELDOS - DEDUCCIONES E IMPUESTO A PAGAR A PARTIR DE 2019

RICHARD L. AMARO GÓMEZ

Recordemos que durante este año 2022 y resultado del conflicto entre Ucrania-Rusia el gobierno nacional promovió la creación de un impuesto más a fin de captar la denominada renta inesperada, que sería aquella que se generó como consecuencia del conflicto bélico de Europa occidental buscando alcanzar a las empresas que haya obtenido ganancias imponibles superiores a los $ 1.000 millones.

En este marco, el ex ministro de economía Guzmán había sostenido que lo que se pretendía elaborar era un mecanismo que permita alcanzar esa renta inesperada de los que se han beneficiado con el conflicto bélico, siempre que la misma no sea producto de inversión adicional, sino más bien del “shock” que produjo la guerra que en ciertos casos les permite a ciertas empresas obtener rentas extraordinarias. 

suscrpción impuestos

Lo expuesto con la finalidad de lograr una redistribución más equitativa de la riqueza canalizando dichos  fondos a aquellos sectores que se están más vulnerados.

Sin embargo, este proyecto fue perdiendo vigencia. Ahora bien, con la asunción de las nuevas autoridades se dio a conocer la noticia de la posible instrumentación de un anticipo extraordinario del impuesto a las ganancias para que las empresas que se haya beneficiado económicamente con el conflicto bélico antes descripto, donde supuestamente la medida alcanzará a las empresas relacionadas a la energía, a la minería y a las cerealeras.

De esta manera, estos sujetos adelantarán el impuesto que generaría esa renta diferencial derivada del conflicto bélico, a fin de financiar un bono especial que se prevé para los jubilados.

Recordemos que al día de la fecha los sujetos empresas tienen la obligación de ingresar 10 anticipos del impuesto a las ganancias y que la posible instrumentación de un anticipo adicional no necesita de una ley ni de un decreto, sino simplemente de una resolución general reglamentaria del Fisco nacional.

En definitiva, ciertos sujetos empresas enfrentarán el ingreso de 11 anticipos del impuesto a las ganancias a cuenta de la próxima liquidación, siendo uno de ellos extraordinario. O al menos esperemos que quede en claro esta última circunstancia en la reglamentación.

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