Impuesto sobre los Combustibles Líquidos. Empresas de transporte de pasajeros por ómnibus. Cómputo del gasoil como pago a cuenta de las contribuciones patronales

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Impuesto sobre los Combustibles Líquidos. Empresas de transporte de pasajeros por ómnibus. Cómputo del gasoil como pago a cuenta de las contribuciones patronalesRESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 3886
BO: 24/05/2016

Se establece que, para solicitar la imputación como pago a cuenta de las contribuciones patronales de un importe fijo por litro de gasoil, por parte de las empresas de transporte de pasajeros por ómnibus, se deberá acceder, a través de la Web de la AFIP, al servicio “Mis Aplicaciones WEB“, seleccionando el formulario 333/A Imputación de crédito de combustibles líquidos.

Efectuada la presentación electrónica, el sistema permitirá imprimir el formulario 333/A, que hará las veces de acuse de recibo de la correspondiente presentación.

Destacamos que las modificaciones comentadas resultan de aplicación desde el 1/6/2016.

Fuente: Editorial Errepar