Se unifican en un solo cuerpo normativo las disposiciones relacionadas con el “Régimen de Operadores de Hidrocarburos Beneficiados por Destino Industrial”, de los operadores de hidrocarburos de origen nacional o importados cuyos destinos sean exentos y/o susceptibles de reintegro, y el Régimen de Avales, en sustitución del pago del impuesto.
Asimismo se sustituye la normativa aplicable en el régimen de acreditación de destinos exentos -RG (AFIP) 3044- que deben cumplir los sujetos que intervienen en la comercialización de productos exentos y/o con beneficios del impuesto sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono.
Por último señalamos que a raíz de la reforma -L.27430- se adecuan disposiciones reglamentarias relacionadas con varios regímenes.
Fuente: Errepar