Se exceptúa del régimen de percepción del IVA a la importación de insumos médicos

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RIESGOS DEL TRABAJO. COMISIONES MÉDICAS. INSTANCIA PREVIA OBLIGATORIA. INCUMPLIMIENTO DEL PLAZO PARA DICTAMINAR. HABILITACIÓN DE LA VÍA JUDICIAL - JURISPRUDENCIA

Como consecuencia de la emergencia sanitaria, la AFIP exceptúa transitoriamente del régimen de percepción del impuesto al valor agregado a la importación de insumos médicos críticos para evitar la propagación del coronavirus, por un plazo de 60 días.

Señalamos que dicha excepción alcanza a insumos como ser: alcohol, desinfectantes, mascarillas de tela, aparatos respiratorios, gorros, guantes, entre otros.

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4696