La ANSeS informa que, de acuerdo a la Resolución (SSS) 2-E/2018, a partir del 1 de marzo, las jubilaciones, pensiones y asignaciones familiares aumentarán un 5,71%. Es el primero de los cuatro aumentos que se aplicarán con la nueva fórmula de movilidad contemplada en la ley de reforma previsional.
El haber mínimo jubilatorio pasará de $ 7.246,64 a $ 7.660,42. En tanto, el monto de la Asignación Universal por Hijo (AUH) se incrementará de $ 1.412 a $ 1.493 y la Asignación por Hijo con Discapacidad se elevará de $ 4.606 a $ 4.869.
Asimismo, se eleva el valor de la Ayuda Escolar Anual a $ 1.250 por hijo.
Pago extraordinario adicional
Además del aumento por movilidad, y en función de lo establecido por el decreto 1058/2017, en el mes de marzo jubilados y pensionados con haberes inferiores a los $ 10.000 y beneficiarios de la AUH cobrarán un beneficio extraordinario.
El monto será pagado por única vez según los siguientes valores:
* Jubilados con aportes completos que perciben haberes menores a $ 10.000 en marzo: $ 750.
* Jubilados por moratoria, beneficiarios de la PUAM y PNC que perciben haberes menores a $ 10.000 en marzo: $ 375.
* Titulares de la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo: $ 400.
Asignaciones familiares
A su vez, los nuevos montos y los rangos de ingresos del grupo familiar para las asignaciones familiares de trabajadores formales, jubilados y pensionados quedarán conformados de la siguiente manera:
Rangos de IGF | Actual | Ingreso familiar desde el 1/3/2018 | Monto actual de la asignación | Monto desde el 1/3/2018 |
I | $ 200 – $ 21.921 | $ 200 – $ 23.173 | $ 1.412 | $ 1.493 |
II | $ 21.921,01 – $ 32.152 | $ 23.173,01 – $ 33.988 | $ 950 | $ 1.005 |
III | $ 32.152,01 – $ 37.120 | $ 33.988,01 – $ 39.240 | $ 572 | $ 605 |
IV | $ 37.120,01 – $ 73.608 | $ 39.240,01 – $ 94.786 | $ 293 | $ 310 |
Importante: ninguno de los miembros del grupo familiar puede tener ingresos superiores a $ 47.393.
Por último, a partir del 1 de marzo aumentan las asignaciones por nacimiento, pasando a $ 1.740; por adopción, a $ 10.427; por matrimonio, a $ 2.607 y por cónyuge, a $ 359, para jubilados.
Fuente: Editorial Errepar