La Cámara Civil y Comercial Federal, en los autos “Facebook Argentina SRL c/Secretaría de Comercio Interior Ministerio de Desarrollo Productivo s/apel resol comisión nac defensa de la competencia” y “WhatsApp LLC c/Estado Nacional Ministerio de Desarrollo Productivo Comisión Nacional de Defensa de la Competencia s/apel. Resol. Comisión nac. Defensa de la compet.”, desestimó la impugnación judicial interpuesta por WhatsApp LLC y Facebook Argentina SRL contra la resolución 492/2021 de la Secretaría de Comercio Interior que requiere a dichas empresas se abstengan de implementar o bien suspendan la actualización de las condiciones de servicio y política de privacidad, al entender que el obrar de dichas empresas podría incidir en el bien jurídico tutelado por la ley de defensa del consumidor y no implicaría para ellas un sacrificio excesivo.
En este sentido, agrega que el cambio en las condiciones anunciadas por las empresas WhatsApp y Facebook podría llegar a afectar el régimen de la competencia por cuanto se ampliaría la información compartida entre ellas mediante una integración forzada de datos que pueden conllevar a conductas anticompetitivas.
Las investigaciones por parte de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia siguen en curso.
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