Las SAU pueden prescindir de directorio y sindicatura colegiada. Reforma L. 19.550

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Las SAU pueden prescindir de directorio y sindicatura colegiada. Reforma L. 19.550LEY (Poder Legislativo) 27290
BO: 18/11/2016

Se modifican los artículos 255 y 284 de la ley 19550 en lo relativo al número de integrantes de los órganos de administración y fiscalización de las sociedades anónimas unipersonales, exceptuándolas de la obligación de conformar un directorio y una sindicatura colegiada.

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Fuente: Editorial Errepar