Mediante la resolución general (AFIP) 3919 (BO: 29/7/2016) se establecieron precisiones acerca de los beneficios para contribuyentes cumplidores dispuestos en el artículo 63 de la ley 27260, en particular aquel que exime del impuesto a las ganancias aplicable a la primera cuota del sueldo anual complementario correspondiente al período fiscal 2016.
En tal sentido, se precisa que la adhesión para gozar de este beneficio deberá realizarse entre los días 16 de agosto de 2016 y el 31 de marzo de 2017, ingresando a la Web de la AFIP, mediante el servicio “Sistema Registral”, opción “Características especiales”, al cual se accederá utilizando la correspondiente clave fiscal con nivel de seguridad 3 como mínimo, y seleccionando en la opción “Ley 27.260 – Beneficio contribuyentes cumplidores” la siguiente situación:
* “Ley 27.260, Art. 63 – Solicitud de exención en el impuesto a las ganancias – 1era. Cuota de SAC período fiscal 2016”
Asimismo, el contribuyente deberá acceder al servicio “SiRADIG – Trabajador” a fin de informar a su empleador sobre su situación. Una vez efectuado este trámite, se deberá continuar suministrando la información a su empleador a través de este servicio web.
Cabe destacar que este beneficio deberá identificarse claramente en el respectivo recibo de haberes.
Fuente: Editorial Errepar