Libro IVA Digital, su implementación práctica

por

ANDREA G. REYNOSO

El objetivo de la presente colaboración es exponer las pantallas generales del Libro de IVA Digital a fin de ayudar al lector con su implementación. Aunque antes haremos una previa introducción para el mejor entendimiento del tema.

MARCO NORMATIVO. INTRODUCCIÓN

Cabe recordar que a través de la resolución general (AFIP) 4597 la Administración Federal de Ingresos Públicos ha implementado el “Libro de IVA Digital” que consiste en un régimen de registración electrónica de operaciones de venta, compra, cesiones, exportaciones e importaciones definitivas de bienes y servicios, locaciones y prestaciones. Si bien la entrada en vigencia del nuevo sistema ha sufrido reiteradas prórrogas, finalmente se ha puesto en marcha la primera etapa de su implementación. En virtud de ello, el organismo fiscal ha enviado notificaciones al domicilio fiscal electrónico a aquellos contribuyentes que deben cumplir con la obligación del mencionado régimen desde el período de junio 2020. Debemos recordar que la obligatoriedad por dicho período aplica a aquellos contribuyentes con el carácter de responsables inscriptos que cumplan con las siguientes características:

1. Se encuentren obligados a presentar el Régimen de Información de Compras y Ventas previsto en la resolución general 3685 y sus modificatorias con anterioridad al 1 de octubre de 2019, y

2. Hayan efectuado operaciones (gravadas, exentas y no gravadas) declaradas en el impuesto durante el año calendario 2018 por un importe total neto de impuestos y tasas, igual o inferior a quinientos mil pesos ($ 500.000)

Cabe destacar que el cronograma de implementación se encuentra normado en el artículo 25 de la resolución general de referencia.

En virtud de lo expuesto, en el presente trabajo analizaremos paso a paso las pantallas del sistema web de AFIP.

PANTALLAS DEL SISTEMA

Como comentáramos en párrafos anteriores, los contribuyentes obligados a la registración de sus operaciones a través del “Libro de IVA Digital” han recibido en el domicilio fiscal electrónico la siguiente comunicación:

Por lo cual, a fin de dar cumplimiento a dicha obligación, los contribuyentes notificados deberán realizar los siguientes pasos:

1. Deberán acceder con clave fiscal a la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), e ingresar al servicio interactivo “Portal IVA”. Allí se deberá seleccionar la primera opción denominada “Libro IVA”. En esta sección podrá:

1) En el caso de no poseer registraciones en el período: presentar el Libro de IVA Digital sin movimientos.

2) En el caso de poseer operaciones: deberá completar la pantalla de datos iniciales seleccionando alguna/algunas de las opciones detalladas de acuerdo a las operaciones realizadas por el contribuyente.

Al finalizar debe presionar el botón “Continuar”.

Aclaración: La resolución de marras también permite realizar la adhesión anticipada, a través del último párrafo del artículo 25. En este caso se deberá acceder con clave fiscal a la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), e ingresar al servicio interactivo “Sistema Registral”, menú “Registros Especiales”, opción “Características y Registros Especiales”, “Caracterización” y seleccionar la caracterización “441 – Registración de Operaciones – Libro de IVA Digital”.

Asimismo, la norma aclara que una vez ejercida la opción, el contribuyente se encontrará obligado a la registración electrónica de las operaciones a través de la generación y presentación del “Libro de IVA Digital”.

2. En el paso siguiente podrá visualizar la pantalla principal del Libro de IVA Digital, la cual se encuentra conformada por:

1) Libro Ventas

2) Libro Compras

3) Ajustes para generar tu Declaración Jurada

3. Una vez que se ingresa a la opción “Libro Ventas”, se abrirá la pestaña “Comprobantes de venta” por medio de la cual podrá realizar la carga de las operaciones a través de:

1) archivos de importación o

2) carga manual.

Si desea importar las operaciones el sistema le ofrece las siguientes opciones:

1) Importar desde AFIP

2) Importar desde sus archivos

3) Importar desde el historial de importaciones

Si desea cargar sus operaciones de manera manual deberá seleccionar la opción “Agregar comprobante”.

4. Finalizada la carga de los comprobantes el contribuyente podrá eliminar o modificar los mismos, para ello accederá a las siguientes opciones:

1) Modificar: Al lado de la columna total podrá visualizar un ícono representado por una hoja y un lápiz, el cual le permitirá realizar las modificaciones necesarias.

2) Eliminar: Al lado del ícono para realizar las modificaciones podrá visualizar otro ícono referente a la imagen de un “tachito” que le permitirá eliminar los comprobantes cargados.

Aclaración: En relación al punto 1) tenga presente que el sistema solo le permitirá modificar los importes del comprobante, y “NO” los datos de “Denominación del comprador”.

5. En la pestaña “Comprobantes Anulados” podrá realizar la carga de los mismos. Dicha opción refiere a los comprobantes anulados confeccionados de forma manual.

La registración deberá efectuarse completando los siguientes datos obligatorios:

1) Fecha de comprobante

2) Tipo de comprobante

3) Punto de venta

4) Número de comprobante

5) Fecha de anulación del comprobante

Asimismo, la pantalla brinda la opción de importar los comprobantes o de realizar la carga de manera manual.

6. Una vez cargadas las operaciones correspondientes a las ventas podrá continuar con la carga de las operaciones correspondientes a las compras accediendo al botón “Continuar al libro Compras” o podrá seleccionar la opción de volver al libro ventas a través del botón “Volver al Libro”.

Aclaración: Al elegir la opción “Volver al Libro” el sistema le habilita un menú que le otorga la posibilidad de modificar o agregar las opciones faltantes en la pantalla de datos iniciales.

7. Una vez seleccionada la opción “Continuar al libro Compras” se desplegará una pantalla que detallará las características de las opciones seleccionadas en los datos iniciales.

Recordar que en el presente trabajo se ha tildado la opción de “compras por importaciones de bienes” (en la pantalla de datos iniciales) por lo cual el sistema agrega dicha opción en la pantalla de acceso.

8. Una vez que ingresa a la opción “Continuar al libro Compras”, dentro de la pestaña “Comprobantes de Compras” podrá realizar la carga de las operaciones a través de archivos de importación o carga manual.

Si desea importar las operaciones el sistema le ofrece las siguientes opciones:

1) Importar desde AFIP

2) Importar desde sus archivos

3) Importar desde el historial de importaciones

Si desea cargar sus operaciones de manera manual deberá seleccionar la opción de “Agregar comprobante”.

También se habilitarán las siguientes pestañas en las cuales deberá efectuar la carga de los comprobantes correspondientes:

1) Importación de Bienes (recuerde que en el presente trabajo hemos tildado la opción “Importación definitiva de bienes “en la pantalla de datos iniciales)

2) Comprobantes anulados

Aclaración: Al día de hoy el libro compras no cuenta con la opción de carga manual para los comprobantes por importación de servicios. Solo puede realizarse la carga de los mismos a través de un archivo de importación.

9. Una vez cargados los comprobantes el contribuyente podrá eliminar o modificar los mismos, para ello accederá a las siguientes opciones:

1) Modificar: Al lado de la columna total podrá visualizar un ícono representado por una hoja y un lápiz, el cual le permitirá realizar las modificaciones necesarias.

2) Eliminar: Al lado del ícono para realizar las modificaciones podrá visualizar otro ícono referente a la imagen de un “tachito” que le permitirá eliminar los comprobantes cargados.

10. Posteriormente el sistema le permitirá realizar los ajustes pertinentes a través de la opción “Continuar a Ajustes” o podrá optar por volver al libro compras a través del botón “Volver al Libro”.

11. Si selecciona la opción “Continuar a Ajustes” se podrán realizar los siguientes ajustes:

1) Ajustes al crédito fiscal

2) Ajustes al débito fiscal

12. Al ingresar al servicio “Ajustes al Débito Fiscal” podrá visualizar las siguientes opciones:

1) Ajuste del Débito Fiscal por Perfeccionamiento del Hecho Imponible

2) Débito Fiscal por otros conceptos

3) Restitución del crédito fiscal por Compras de Bienes Usados a Consumidores Finales

4) Restitución de Crédito Fiscal por Otros Conceptos

13. Al ingresar al servicio “Ajustes al Crédito Fiscal” podrá visualizar las siguientes opciones:

1) Crédito Fiscal por Contribuciones a la Seguridad Social

2) Crédito Fiscal por Otros Conceptos

14. Luego de guardar los datos correspondientes al ajuste al crédito fiscal se habilitará la vista previa del Libro de IVA Digital. En dicha pantalla podrá:

1) Exportar el libro de IVA como XML (borrador)

2) Eliminar el borrador del libro de IVA

3) Presentar el libro de IVA

Al presentar el Libro de IVA Digital se genera:

1) El acuse de recibo

2) El Libro de IVA Digital

15. Para reimprimir el Libro de IVA Digital y el acuse de recibo se deberá acceder al servicio interactivo “Portal IVA”, y luego a la segunda opción denominada “Mis declaraciones juradas presentadas”, allí se deberá tildar el botón de “Declaraciones Juradas”. Paso seguido se abrirá una pantalla en la cual podrá visualizar las declaraciones juradas presentadas.

16. A través de los íconos que muestra dicha pantalla podrá obtener:

1) El acuse de recibo

2) Ver el Libro de IVA Digital presentado

3) Rectificar el Libro de IVA Digital

PALABRAS FINALES

Hemos intentado reflejar, una vez más, el panorama operativo de una aplicación de AFIP. Esperamos haber ayudado al lector con esta ardua tarea de implementar nuevas modificaciones en un escenario altamente cambiante.

Cita digital: EOLDC101931A

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