La AFIP, por medio de las resoluciones generales 5073 y 5074, publicadas hoy, 21/9/2021, en el Boletín Oficial, establece distintas medidas de alivio para los contribuyentes afectados por incendios forestales en localidades patagónicas y por el estado de emergencia hídrica en la región de la Cuenca del río Paraná.
Región de la Cuenca del río Paraná – RG (AFIP) 5074
La AFIP establece medidas de alivio fiscal en las Provincias de Formosa, Chaco, Corrientes, Santa Fe, Entre Ríos, Misiones y Buenos Aires, para aquellos contribuyentes afectados por la declaración del “Estado de emergencia hídrica” en la región de la Cuenca del río Paraná –D. 482/2021-
Se establece un plazo especial para la presentación y/o pago de los saldos resultantes de las declaraciones juradas y de los anticipos de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales e IVA y también para las obligaciones correspondientes a las contribuciones de la seguridad social, autónomos y monotributo.
Las presentaciones y pago de declaraciones juradas mencionadas anteriormente, con vencimientos fijados entre el 27/7/2021 y el 31/1/2022, se considerarán cumplidos en término siempre que se efectivicen hasta las fechas que, según corresponda, se indican a continuación:
OBLIGACIONES VENCIDAS | FECHA DE VENCIMIENTO |
Del 27 de julio al 31 de agosto de 2021 | 24 de enero de 2022 |
Del 1 al 30 de septiembre de 2021 | 24 de febrero de 2022 |
Del 1 al 31 de octubre de 2021 | 25 de marzo de 2022 |
Del 1 al 30 de noviembre de 2021 | 25 de abril de 2022 |
Del 1 al 31 de diciembre de 2021 | 24 de mayo de 2022 |
Del 1 al 31 de enero de 2022 | 24 de junio de 2022 |
Además, se suspende la iniciación de juicios de ejecución fiscal y traba de medidas cautelares hasta el 1/2/2022.
Para acceder a los mencionados beneficios, los sujetos alcanzados deberán realizar, hasta el 31/10/2021, una presentación a través del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales”, seleccionando el trámite “Zona de Emergencia-Acreditación”.
Localidades patagónicas – RG (AFIP) 5073
La AFIP establece medidas de alivio fiscal en el Departamento de Cushamen y en la zona de El Bolsón en el Departamento de Bariloche para aquellos contribuyentes afectados por incendios forestales en el marco de la declaración de “zona de desastre y de emergencia ambiental, económica, social y productiva” -L. 27616-
En tal sentido, se considera cumplido en término hasta el 20/1/2022 el pago de las obligaciones cuyos vencimientos generales estén comprendidos entre los días 30/4/2021 y 26/10/2021, inclusive, respecto de aquellos contribuyentes alcanzados por la declaración de zona de desastre y emergencia, siempre que su actividad económica principal se desarrolle en la zona afectada y la fuente de sus rentas se haya visto comprometida.
Las obligaciones incluidas dentro de este beneficio comprenden a los saldos resultantes de las declaraciones juradas y -en su caso- anticipos, de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales, del fondo para la educación y promoción cooperativa, así como del aporte mensual correspondiente al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
Por otra parte, se suspende hasta el 27/10/2021 la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares.
Por último, tienen plazo hasta el 15/10/2021 solicitar los citados beneficios seleccionando el trámite “Zona de Emergencia – Acreditación” a través del servicio de AFIP “Presentaciones Digitales”.