DECRETO (Poder Ejecutivo) 70/2017
BO: 30/01/2017
Se modifica la ley de migraciones (L. 25871) y se regulan condiciones más estrictas respecto de las causas impedientes del ingreso y permanencia de extranjeros.
En tal sentido, destacamos:
– se establece un procedimiento migratorio especial, de carácter sumarísimo, aplicable a aquellos casos en los que personas de nacionalidad extranjera se encontraren involucradas en hechos delictivos y a quienes hubieren ingresado en forma clandestina al territorio nacional, eludiendo el control migratorio;
– se incorpora la figura del avenimiento a la medida de expulsión, para aquellos extranjeros que no se encuentren sometidos a procesos penales, facilitando su reingreso regular al territorio nacional a través de una reducción del plazo previsto para estos supuestos;
– se establecen pautas sobre el procedimiento de retención, disponiendo plazos de duración de la medida, incorporando el anoticiamiento judicial inmediato de la misma, como así también del lugar de retención y fuerza encargada de dicha medida, tal como ha sido exigido por los tribunales supranacionales;
– se regula la notificación del derecho de la persona extranjera de contar con asistencia jurídica gratuita e intérprete;
– se modifica la ley 346 de ciudadanía, a fin de precisar que es requisito tener residencia permanente o temporaria de forma continua en los dos años anteriores, a los efectos del cómputo del arraigo necesario para acceder a la nacionalidad por naturalización.
El presente decreto entrará en vigencia el 31 de enero de 2017.
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Fuente: Editorial Errepar