RESOLUCIÓN GENERAL CONJUNTA (AFIP – Min. Trabajo, Empleo y Seg. Soc.) 4020-E
BO: 03/04/2017
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social podrá efectuar, con relación a los recursos de la seguridad social, determinadas notificaciones y comunicaciones en el domicilio fiscal electrónico constituido por los contribuyentes y/o responsables que hayan ejercido la opción a que se refiere el artículo incorporado a continuación del artículo 3 de la ley de procedimiento fiscal.
La presente norma conjunta entrará en vigencia el 3 de abril de 2017.
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Fuente: Editorial Errepar